La Dirección de Minería de Mendoza emitió una resolución de gran alcance que tendrá un impacto directo en la industria de la construcción y manufactura. La medida establece formalmente que las cementeras, hormigoneras, ladrilleras y toda actividad que realice procesos de transformación sobre insumos minerales deben ser consideradas plantas de tratamiento de minerales.

Este encuadre técnico-jurídico obliga a dichas industrias a presentar el Informe de Impacto Ambiental (IIA) ante la Dirección de Minería, intensificando la fiscalización y el control sobre sus operaciones.

La resolución se basa en un análisis de la normativa nacional y provincial vigente, que incluye:

El dictamen técnico que sustenta la decisión señala que, si bien el producto final (cemento, ladrillo, hormigón) es manufacturado, el proceso técnico previo —como la calcinación de calizas, la trituración y la mezcla de áridos— implica una transformación directa de los insumos mineros, lo que justifica su inclusión como planta de tratamiento a efectos de control ambiental.

Objetivo: mayor transparencia y control

El Director de Minería, Jerónimo Shantal, instruyó a las áreas técnicas y administrativas a adoptar esta nueva tipificación como criterio obligatorio para la evaluación y fiscalización de estas actividades.

En la práctica, esto significa que las empresas deberán:

  1. Presentar el IIA ante la Dirección de Minería.
  2. Cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto Provincial N° 820/2006, que diferencia los requisitos del IIA según el volumen de procesamiento (más o menos de 80.000 toneladas/año).

Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/mineria-la-nueva-exigencia-ambiental-que-deberan-cumplir-cementeras-hormigoneras-y-ladrilleras-en-mendoza/