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sábado 4, de mayo , 2024

ANSES: ¿se puede trabajar en relación de dependencia y cobrar la jubilación a la vez?

Aquellos jubilados que busquen regresar a la actividad laboral como empleado en relación de dependencia o autónomo podrán cobrar su jubilación sin limitaciones, siempre que cumplan con un requisito fundamental.

De acuerdo con lo que indica la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), los jubilados que vuelvan a trabajar tendrán la obligación de realizar los aportes y contribuciones previsionales del sueldo como trabajadores activos, es decir, un 11 % en concepto de aportes al Fondo Nacional de Empleo.

Además, esta situación no le brindará derecho alguno a reajuste, ya que esos aportes no corresponden a su jubilación.

Jubilados ANSES: quiénes no pueden volver a trabajar en relación de dependencia

ANSES recuerda que no podrán volver a trabajar en relación de dependencia y cobrar la jubilación a la vez los siguiente grupos:

  • Jubilados por invalidez; regímenes especiales (referentes a tareas penosas, riesgosas o insalubres) o un subsidio complementario:Sólo podrán regresar a la actividad laboral en forma autónoma, es decir, siendo contribuyente del Monotributo.
  • Aquellos que se desempeñan en la administración pública nacional, provincial o municipal: no podrán recibir a la vez una prestación previsional o haber de retiro. Es decir, deberán optar por el haber jubilatorio o la remuneración como funcionario público.
El trámite es gratuito y se realiza de manera presencial en una oficina ANSES. (Foto: Anses)
El trámite es gratuito y se realiza de manera presencial en una oficina ANSES. (Foto: Anses)

Qué trámite se debe realizar para volver a trabajar luego de jubilarse

El trámite es presencial y sin turno para declarar la “Vuelta a la actividad” en una oficina ANSES.

Antes de presentarse se debe:

  1. Acreditar los datos personales y vínculos familiares en Mi ANSES
  2. Reunir la documentación: DNI, último recibo de cobro y Formulario de Declaración de Reingreso a la Actividad con los datos de tu empleador firmado por el titular y el empleador certificadas ante autoridad bancaria, previsional, judicial o notarial.
  3. Luego, llevar la documentación requerida a una oficina de ANSES.

Fuente: TN

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