La medida surge, por un lado, por lo dispuesto por la Secretaría de Energía de la Nación quien actualizó los valores estacionales del precio de la energía para el periodo comprendido entre el 1° de noviembre de 2022 y el 30 de enero de 2023, en el componente de la tarifa “Costo de Abastecimiento”. Además se pone en vigencia la actualización en el componente “Valor Agregado de Distribución”.
La Secretaría de Energía de la Nación dispuso, mediante Resolución N° 719/2022, los nuevos precios estacionales de energía y potencia para el período comprendido entre el 1° de noviembre de 2022 y el 30 de enero de 2023, los mismos corresponden al componente de la tarifa eléctrica “Costo de Abastecimiento” de jurisdicción nacional.
La Resolución, contempla una reducción adicional al subsidio del estado nacional equivalente al 30% del subsidio vigente a los usuarios de los distintos segmentos, salvo para los usuarios residenciales categorizados, por dicha Secretaría, en el Nivel 2 (ingresos bajos) y Nivel 3 (ingresos medios) hasta los 400KWh mes (800kW Bimestrales). Para éstos últimos, recordamos que, los consumos excedentes a los 400KWh mes (800kW Bimestrales), se les aplicará los nuevos precios establecidos para el Nivel 1 (Altos Ingresos).
Para el resto de las categorías tarifarias el impacto en promedio sería del orden del 13%, excepto para el caso de los GUDIs (con potencias contratadas o registradas mayores 300 kW) quienes tendrán una reducción del 12%, en el costo de abastecimiento, al disminuir el precio de la energía sin subsidio para dicho periodo.
Asimismo, los Clubes de Barrio y Pueblo, previamente inscriptos en el Sistema Unificado de Gestión para Clubes, mantendrán el subsidio nacional en el precio de la energía eléctrica y el gas por red. Es decir, se les aplicará los valores tarifarios de los usuarios residenciales Nivel 2 (Bajos Ingresos). Aquellas entidades que aún no se hayan inscripto en dicho registro para mantener el subsidio deberán hacerlo en www.argentina.gob.ar/servicio/subsidio-la-energia-para-clubes-de-barrio.
Por otro lado, el Decreto Provincial 2117/2022 pone en vigencia los nuevos valores tarifarios a usuario final, a partir de los consumos registrados en el día de la fecha, como consecuencia de la actualización del valor agregado de distribución (VAD). Estos valores fueron oportunamente informados en la Audiencia Pública, realizada el pasado 29 de septiembre, donde el EPRE expuso el resultado de los estudios de la estructura de costos eficientes, determinados en la última Revisión Tarifaria Ordinaria, y la evaluación del impacto de las variaciones económicas, para el segundo periodo del año 2022, determinando una adecuación en la tarifa a Usuario Final Media del 14,3%.
De esta manera, el impacto a usuario final en promedio, en el marco de ambas disposiciones, será del orden del 24%, excepto los usuarios Residenciales Nivel 2 y 3, para quienes el promedio de variación es el 12% y 15% respectivamente. Para el caso de los GUDIs, el promedio acumulado es el orden de -5%.







