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  • Vale más actuar exponiéndose a arrepentirse de ello, que arrepentirse de no haber hecho nada.| Giovanni Boccaccio

martes 7, de mayo , 2024

La Anmat prohibió la elaboración y venta de un aceite de oliva de origen mendocino

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmatprohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en las plataformas de venta online de una marca de aceite de oliva de origen mendocino “por carecer de registros de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado y ser, en consecuencia, ilegal”.

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, a partir de la disposición 10307/2023, tras la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto “Aceite de oliva extra virgen – Primer prensado en Frío – marca Finca Victoria, elaborado y fraccionado en Tunuyán, Mendoza, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Ante esto, “el INAL realizó -a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA)- una consulta al Departamento de Higiene de los Alimentos mendocino, a fin de verificar la información declarada en el rótulo comercializado y sobre el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA). La entidad respondió que el RNPA no corresponde a la jurisdicción consultada y que tampoco encontraron antecedentes de autorización con la razón social y la marca Finca Victoria”.

Además, el INAL realizó otra consulta a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios con el fin de verificar la veracidad de los registros que se exhiben en el rótulo del producto investigado, quienes indicaron que el Registro Provincial de Establecimiento y el RNPA son inexistentes.

De la misma manera, el aceite en cuestión se encuentra en infracción al Código Alimentario Argentino (CAA) “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

En este sentido, la Disposición 10307/2023 estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto “por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, determinó la Anmat.

Fuente – El Sol

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