“Conforme a las estadísticas acompañadas, no surge acreditado que se encuentre en riesgo la salud, producto de la presencialidad educativa». Es fue uno de los argumentos más importantes que esgrimió la titular del Segundo Juzgado de Gestión Asociada, Patricia Fox, en su fallo que rechazó la medida cautelar que presentó la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) para que se suspendan las clases presenciales en la provincia.
Desde la Justicia explicaron que al tratarse de una medida precautoria, el rechazo abarca también al amparo que había presentado la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH), que tenía la misma finalidad. La semana pasada el fiscal de Estado, Fernando Simón también solicitó el rechazo de esa presentación.
En el caso de la CTA, el secretario general, Gustavo Correa, había realizado la presentación pidiendo la suspensión de la presencialidad en todos los niveles. Pero la magistrada sostuvo en su fallo que “el actor no acredita ningún tipo de daño concreto ni potencial, no prueba la relación de causalidad, no acredita ni define concretamente al colectivo que dice representar”.
“No pueden desconocerse las facultades con las que cuenta la provincia de Mendoza para establecer en su territorio medidas de prevención que considere adecuadas en el contexto de la particular situación de emergencia sanitaria”, añade la sentencia.
Fuente: El Sol







