Un delito que crece a nivel mundial y de los cuales nuestra provincia no está ajena, es el ciberacoso. Afortunadamente, está avanzando una ley que servirá para sancionarlo, incorporando diversas figuras. Sobre ello dialogó con FM Vos (94.5) y con Diario San Rafael, la diputada provincial Daniela García, quien es una de las autoras del proyecto.
La semana pasada, la Cámara de Diputados de Mendoza aprobó por unanimidad un proyecto de ley que incorpora figuras como el hostigamiento digital, el ciberacoso sexual y la suplantación de identidad al Código Contravencional de la provincia. De esta manera, la norma pasó al Senado para su segundo análisis.
García explicó que el primer expediente es de ella y a él se le adjuntaron uno de Adrián Reche y otro de Ana María Andía (mandato cumplido). “Los tres son sobre la misma temática, por esa razón se juntaron los tres proyectos y se unificó un despacho”, dijo y agregó que “ya fue al Senado porque tiene media sanción, y en principio la verdad es que hemos hecho muchísimas consultas y fue muy trabajado dentro de Diputados, sobre todo por lo novedoso de esta contravención, ya que lo que estamos haciendo es modificar el Código Contravencional”.
Lo que han hecho, es agregarle a ese código un título específico, que es actuar y sancionar contra la libertad y la dignidad digital. “En el año 2001 hubo una convención en Budapest, en donde se habló de ciberdelito. En esta convención, el objetivo es que los Estados deben proteger a las personas de estos nuevos tipos de delitos que han ido avanzando, en función de que la tecnología y las comunicaciones también han avanzado. A partir de ahí, se solicita a los Estados que reformen sus códigos, sus normativas”.
“En nuestro país avanzó en cierto modo, porque se hizo una ley que es sobre ciberdelitos o delitos informáticos. Se hizo no hace tanto, en el 2013, la ley de grooming y luego, recién en el 2017, nosotros ponemos esta convención como parte de la normativa argentina y también se aprueba la tenencia de pornografía infantil, pero hay muchos delitos que no se aprueban dentro de esta normativa porque deben ser también aprobados dentro del Código Penal nacional. Hay algunas provincias que empezaron a trabajar en reformar los Códigos Contravencionales.
La única que tiene ley en esta reforma en el Código Contravencional, es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, por esa razón, nosotros trajimos a una de las juezas que aplica esta normativa para ver cómo se aplicaría. Básicamente, se sanciona la usurpación de identidad en cualquier tipo de plataforma digital; se sanciona el acoso digital; el ciberacoso sexual, cuando amenazan con difundir un video que se ha hecho en una situación de intimidad, y que no tiene la aceptación de ser difundido”, señaló y aclaró que no sólo se refiere a temas sexuales, ya que también sería delito difundir por ejemplo imágenes privadas, como podría ser la de una persona fumando que no quiere que se sepa que fuma. Es que considera que “son acciones que se hacen para difamar, para desprestigiar, para menoscabar la dignidad de una persona”.
Para todo acoso que no sea sexual, se estipula una multa pecuniaria que oscila entre 3 mil o 4 mil unidades fijas y hasta un máximo de 45 días de arresto. Aquellos que son sexuales, no se pueden convertir en trabajo comunitario, es arresto o la sanción pecuniaria. Podría ser agravado y la pena pasaría a ser del doble, si se comete contra una persona con discapacidad, contra una ex-pareja, si se hace a niños, niñas, adolescentes o adultos mayores.