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Nuevo requisito: cómo es la declaración jurada para comprar dólares

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A partir de hoy las personas que quieran comprar los 200 dólares mensuales que están permitidos por el Banco Central deberán firmar una declaración jurada para dejar constancia de no haber operado en contado con liquidación o MEP.

La comunicación «A» 7030 que dictó el organismo marca que las personas humanas que quieran acceder al cupo de moneda extranjera permitido por mes, tendrá que presentar una declaración jurada, algo que antes hacían las personas jurídicas.

El trámite no es para nada engorroso y se puede realizar a través del home banking de la entidad bancaria del que uno es cliente. Cuando se hace la operación de compra clásica automáticamente, y antes de terminar la transacción, se despliega la declaración jurada y sólo con un click en ‘Aceptar’ o ‘ Confirmar’ se da consentimiento en el documento.

De esta manera los ahorristas dejarán constancia de que «en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 días corridos anteriores no ha concertado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior».

También se deberá comprometer a no concretar ese tipo de operaciones «por los 90 días corridos subsiguientes».

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