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domingo 26, de mayo , 2024

Para 2023: se realizó el sorteo para integrar los jurados populares

Días atrás, se llevó adelante el sorteo de la Lista Anual de Jurados 2023, con la presencia de autoridades del Ejecutivo provincial y de la Suprema Corte de Justicia, en el Instituto de Juegos y Casinos de Mendoza. Darío Bermejo, delegado de la Corte para la Segunda Circunscripción Judicial, brindó detalles de esta importante responsabilidad ciudadana.

Días atrás, se llevó adelante el sorteo de la Lista Anual de Jurados 2023, con la presencia de autoridades del Ejecutivo provincial y de la Suprema Corte de Justicia, en el Instituto de Juegos y Casinos de Mendoza. Los números sorteados fueron: 317, 755, 423, 998, 858, 852, 865, 260, 919, lo que permitió elaborar una lista preliminar de jurados para 2023 de 10.888 personas. Cabe aclarar que los ciudadanos elegidos recibirán una notificación del Poder Judicial donde se les informará que han sido sorteados, que están en la lista de postulantes y que en cualquier momento se los puede convocar a un juicio por jurado.

«En el año 2018 se dictó la ley en Mendoza de juicio por jurados populares, haciendo relevar el mandato constitucional de nuestra carta magna. Nunca se habían implementado, en ellos son los ciudadanos quienes intervienen directamente en el proceso penal y determinan si la persona es culpable o inocente. En San Rafael hubo varios juicios por jurados populares con resultados muy positivos para el sistema. En este sentido, pudimos advertir que todas las personas que participan se van con una concepción distinta de la Justicia. Se van muy satisfechas con el funcionamiento y con su participación. Las personas lo hacen con mucha responsabilidad y compromiso. Es algo muy valioso para nosotros», indicó a FM Vos 94.5, Darío Bermejo, delegado de la Corte para la Segunda Circunscripción Judicial.

«Este tipo de jurado está previsto para los delitos más graves que tiene el Código Penal, en particular el homicidio agravado. Hay una tendencia a extenderlo, lo ideal es que se aplique a todos los delitos, pero tiene una operatividad de logística muy costosa, por eso se hace solamente con algunos casos específicos», añadió.

«Las personas que participan en el proceso, tal como sucede en las películas, están escuchando durante todo el juicio. Al comienzo, el juez los instruye para que sepan cómo deben actuar. Al final le traduce jurídicamente lo que ellos deben resolver o analizar con respecto a la prueba que se ha rendido. Entonces, estos 12 ciudadanos más los 4 suplentes, cuando se concluye esta instancia se sientan a deliberar en forma secreta y dictan su veredicto sobre si esa persona es culpable o no. Luego, el juez impone la pena» amplió Bermejo.

Asimismo, prosiguió explicando este sistema y el acuerdo por unanimidad. «En cuanto a lo que hace a la decisión, cada provincia puede tener miradas diferentes. En Mendoza se adoptó el sistema clásico, que es el norteamericano. En este sistema, la decisión debe ser por unanimidad, es decir que las 12 personas que integran el jurado deben estar de acuerdo para condenar o absolver. Si no hay acuerdo, se llega a lo que se denomina ‘jurado estancado’. Entonces, en ese caso, al no poder tomar una decisión válida se debe realizar un nuevo juicio», precisó el delegado de la Suprema Corte.

Después, se refirió al sorteo anual para integrar los jurados populares. «La ley prevé que todos los años se sorteen algunas terminaciones de DNI, que son los que podrán integrar el jurado. En este caso, se sortearon 9 terminaciones. Estos ciudadanos están como en una lista de espera y pueden ser convocados. Cuando se produce el llamado, se hace un nuevo sorteo que incluye solo a estas personas. En este caso son 10888 las que tienen posibilidades de integrar el jurado», detalló Darío Bermejo.

«Supongamos que hay un juicio por jurado en San Rafael, generalmente el tribunal puede convocar entre 48 y 96 personas. En el caso de que sean 96, se hace un sorteo entre las 10888 que vivan dentro de la segunda circunscripción (San Rafael, General Alvear y Malargüe)», ejemplificó.
«Esas 96 personas deben presentarse a una audiencia y, mediante un proceso que dura unas horas, se selecciona a los 12 finales y a los cuatro suplentes. No pueden participar abogados, sacerdotes, miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía, entre otros», precisó.

«Mediante este tipo de selección, se les brindan las garantías necesarias a las partes intervinientes. La idea es que el sistema sea totalmente imparcial. Los ciudadanos que sean llamados deben asistir, debido a que es una carga pública. Se lo va a buscar con la Policía si no asisten. En la audiencia, esa persona deberá explicar las razones por las que no quiere formar parte del jurado, y el juez podrá relevarla», sostuvo el funcionario de la Ley.

Para concluir, aseguró que los integrantes del jurado popular reciben algún tipo de remuneración. «Si trabaja en relación de dependencia, se le paga los días de trabajo al patrón o al dueño de la empresa para la cual trabaja. Si es autónoma, se le abona a esa persona directamente. Si es empleado del Estado no se le paga absolutamente nada. Si la persona no cuenta con los recursos para asistir, ese no es un problema, puesto que hay una atención muy personalizada para todos aquellos que intervienen como jurado popular en los procesos. Le aconsejo a la gente que venga y que participe, es una experiencia sumamente interesante y valiosa para el sistema democrático de nuestro país», concluyó Darío Bemejo.

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