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«Presencialidad voluntaria»: qué es y cómo se aplicará en las escuelas de Mendoza

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La Dirección General de Escuelas (DGE) estableció las condiciones para que aquellas personas que se encuentran en los grupos con mayor riesgo de contagio de coronavirus, que están exceptuadas del trabajo presencial en los establecimientos educativos, puedan solicitar voluntariamente cumplir sus tareas en los colegios.

«Determínese que los trabajadores y las trabajadoras considerados ‘personas de mayor riesgo’…, podrán manifestar formalmente su voluntad de prestar sus servicios bajo la modalidad presencial«, asegura el artículo 1 de la resolución 585 de la DGE, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

El segundo punto de la norma sostiene que los directivos de las escuelas podrán permitir el ingreso de los agentes considerados “personas de mayor riesgo”, siempre que firmen un acta en el que manifiesten «expresamente» que desean prestar sus servicios bajo la modalidad presencial.

Ese acta, que figura como un anexo de la resolución, debe ser rubricado por el trabajador que «manifiesta expresamente que desea prestar sus servicios bajo la modalidad presencial, no obstante encontrarse exceptuado de trabajar bajo tal modalidad por cuanto se encuentra incluido en los denominados ‘grupos de mayor riesgo’ establecidos por normativa nacional y provincial«.

El artículo 3 de la resolución aclara que los agentes «que presten servicios en sus lugares de trabajo contarán con la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)» frente a posibilidad de contraer COVID 19 u otra enfermedad profesional.

 

Quiénes son las personas de mayor riesgo

 

La medida de la DGE hace mención al artículo 1 de la Resolución N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo de la Nación, que suspende «el deber de asistencia al lugar de trabajo…, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras» mayores de 60 años, embarazas y/o incluidos en los grupos de riesgo (que sufran enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardíacas, inmunodeficiencias, diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses).

La resolución del gobierno escolar aclara que los directores de los colegios no están autorizados a convocar a los agentes  considerados “personas de mayor riesgo” a la modalidad presencial, aunque este grupo podrá «presentarse voluntariamente a prestar servicios en forma presencial en su lugar de trabajo» si lo solicita y firma el acta correspondiente.

 

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