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La jueza federal con competencia electoral en la Ciudad de Buenos Aires, María Romilda Servini, declaró inconstitucional un artículo de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos que obliga a canales y radios a difundir publicidad electoral gratis de los partidos políticos.
El planteo había sido por el abogado Tomás Pérez Virasoro en su carácter de apoderado de América TV S.A., de la Red Celeste y Blanca S.A. y de Radio Libertad S.A. (con participación accionaria en las radios Blue 101.7 y AM Belgrano). La resolución de la magistrada, según publicó Infobae, abre la posibilidad a otros grupos de medios a solicitar una decisión similar en la antesala de las elecciones legislativas nacionales que se realizarán este año.
El artículo cuestionado es el 43 quater de la ley 26.215, que establece: «De acuerdo a lo establecido en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522, los servicios de comunicación y de televisión por suscripción están obligados a ceder en forma gratuita el cinco por ciento (5%) del tiempo total de programación para fines electorales. A partir del año 2020, del porcentaje mencionado en el párrafo anterior, la mitad será cedida a título gratuito y la otra mitad será considerada pago a cuenta de impuestos nacionales».

 

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