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  • La vida es un 10% lo que te sucede y un 90% de cómo reaccionas a ello.| Charles R. Swindoll

jueves 25, de abril , 2024

Se ampliaron beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

El Gobierno nacional estableció medidas de asistencia para empleadores y trabajadores de pequeñas y medianas empresas, además del sector autónomo, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), en un paquete que incluye la reducción de aportes patronales y una asignación salarial aportada por el Estado, entre otros puntos.
A través de un decreto 376/2020 (ampliatorio del 332/2020), que se publicó ayer en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández dispuso que el ATP, derivado de la emergencia por la pandemia, abarque la “postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino”. Además, se crea un “salario complementario”, que consiste en la asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
Frente a las grandes expectativas existentes, en diálogo con FM Vos (94.5) y Diario San Rafael, el contador Marcelo Olea dijo que frente a lo que vivimos, distintas normativas se van “pisando”, derogándose o complementándose, lo cual genera confusiones por su complejidad.
Explicó que el decreto que creó el Programa ATP estaba dirigido a aquellos sectores productivos y comerciales que quedaron “acorralados” frente a la cuarentena (no así a las actividades denominadas “esenciales”) y creó ciertos beneficios con condiciones, que tenían que ver con la postergación de los vencimientos de las contribuciones de la seguridad social de marzo y abril, con la posibilidad de obtener una reducción de hasta el 95% de las contribuciones de la seguridad social de abril. Ambos beneficios no variaron. Otro beneficio que planteaba aquel decreto era una asignación complementaria al salario, que distinguía “hasta 100 trabajadores” y “más de 100 trabajadores”, estableciendo la posibilidad de una Recuperación Productiva (Repro) para los que tienen más de un centenar de trabajadores. Se establecían ciertas condiciones que tenían que ver con desarrollar alguna actividad económica afectada de manera crítica en la zona geográfica donde se desarrolle, ya que una misma actividad puede tener más o menos impacto dependiendo la región. Otra condición fue que la empresa tuviera una cantidad relevante de trabajadores contagiados con Covid-19, con aislamiento obligatorio o con familiar a cargo. Una más era tener una sustancial reducción en las ventas con posterioridad al 19 de marzo de 2020.
El nuevo decreto modificó los beneficios y todas las empresas que quedaron acorraladas recibirán del Estado una asignación complementaria, que se calculará sobre la base del 50% del salario de bolsillo que el trabajador tenía.
De las condiciones, solo se modificó el modificó la fecha de referencia de la caída de las ventas, que se pasó al 12 de marzo.

 

 

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