En una nueva medida para simplificar los trámites, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo sobre las intimaciones que trabajadores o asociaciones sindicales enviaban a sus empleadores mediante telegramas o cartas documento.
Esta decisión, plasmada en la Resolución General 5560/2024, fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y forma parte de una serie de cambios con los cuales lo que se busca es reducir la burocracia en diversas gestiones laborales y tributarias.
Pablo Di Marco, abogado especialista en Derecho Laboral, en diálogo con FM Vos 94.5, explicó el alcance de la resolución. «Este último lunes se publicó en el Boletín Oficial la resolución 5560/24 mediante la cual se deja sin efecto la normativa 4747. Previo a la Ley Bases estaba vigente la ley 24013 que establecía una serie de indemnizaciones ante los incumplimientos de la patronal en cuánto a una incorrecta registración del empleado», comenzó explicando Pablo Di Marco.
«Hasta el momento, las intimaciones laborales que los empleados o sindicatos enviaban a los empleadores, ya sea mediante telegramas o cartas documento, debían ser informadas a la AFIP. Este proceso implicaba el uso del servicio “Telegramas laborales” en el sitio web del organismo, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones. Estas gestiones estaban enmarcadas en el artículo 1 de la ley 24.013, que regulaba aspectos fundamentales de las relaciones laborales», amplió la información.
Tras esa minuciosa explicación, el especialista explicó el alcance de la medida dispuesta por AFIP. «Con la publicación de la Resolución General 5560/2024, este trámite fue oficialmente suprimido. La decisión responde a los lineamientos de la ley 27.742, conocida como la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos», señaló Pablo Di Marco durante la entrevista.
Por otro lado, sintetizó qué es lo que cambia con la nueva reglamentación. «Con la eliminación del servicio “Telegramas laborales”, los trabajadores y sindicatos ya no tendrán la obligación de enviar copias digitales de sus intimaciones a la AFIP. Sin embargo, el organismo mantendrá habilitado el servicio en su sitio web con el objetivo de que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones enviadas en el pasado. Esto se suma a una serie de desregulaciones que viene implementando el organismo, entre ellas la obligación de registrar los contratos de alquiler. Lo que se busca tiene que ver con simplificar y agilizar el proceso de los trámites», completó sobre el final del reportaje.







