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Vialidad busca contratar a una empresa para erradicar 40 árboles por 40 millones de pesos

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La Dirección Provincial de Vialidad comenzó un proceso de licitación para contratar a una empresa que erradique 40 árboles en toda la provincia. Destinarán para eso un presupuesto de 40 millones de pesos y deberá ejecutarse en un periodo de dos meses.

La novedad se conoce el mismo día que el Ejecutivo provincial publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la nueva Ley de Arbolado Público, que justamente otorga criterios más específicos para determinar esa erradicación. Clave en un contexto de cruces interjurisdiccionales por la responsabilidad de los árboles que, al caerse, han causado tragedias recientemente.

La contratación de Vialidad

La licitación contempla la tala y el destoconado de ejemplares en mal estado o con riesgo de caída en las zonas norte, sur, este y centro de la provincia. El objetivo es erradicar 10 en cada una. El pliego contempla normas de seguridad y capacitación del personal. La apertura de sobres está programada para el próximo 2 de septiembre.

El arbolado a erradicar será definido por Vialidad en base a criterios de prioridad sujetos a reclamos presentados por vecinos, municipios o relevamientos efectuados.
por la Asesoría Forestal en el Plan de Mantenimiento Anual.

Tendrán en cuenta ejemplares que se han visto afectados en inclemencias climáticas, que tienen un deterioro de su estado vegetativo, o representan un peligro de caída por estar mal ubicados, inclinados por un mal crecimiento, etc.

El objetivo es evitar accidentes en calles, rutas o propiedades. Priorizarán aquellos que puedan afectar a escuelas, centros de salud, entre otros. Luego, a los que tengan la solicitud más antigua.

La situación genera una especial atención teniendo en cuenta los antecedentes de ejemplares que cayeron sobre vehículos durante tormentas, en los últimos meses.

Los árboles sobre calles y rutas mendocinas son jurisdicción de la Dirección de Vialidad local, mientras que los que están ubicados en rutas nacionales son de Vialidad Nacional. Los que están en cauces, de Irrigación.

Los municipios suelen hacer relevamientos de los ejemplares que están en situación crítica, para que puedan ser incorporados específicamente al plan anual. Pero el mantenimiento corre por cuenta de los organismos mencionados. El Ministerio de Energía y Ambiente tiene el poder de policía para hacer cumplir ese mantenimiento y aprobar los planes.

La cuestión de la jurisdicción suele generar tensiones en la administración de esta tala. Recientemente, un árbol cayó sobre la Ruta Nacional 143 y provocó la muerte de un matrimonio.

La Municipalidad de San Carlos se desligó de la tragedia al asegurar que no tenía identificado el ejemplar porque se encontraba sobre una ruta nacional y señaló que la responsabilidad de su mantenimiento le correspondía a ese organismo.

Una situación similar se produjo el año pasado entre Vialidad provincial y el departamento de Maipú, cuando un árbol cayó sobre un auto en la calle Rawson y causó la muerte de una mujer.

No es la primera vez que Vialidad realiza una licitación para erradicación de arbolado.

La reglamentación de la Ley de Arbolado

Este lunes se publicó el decreto para reglamentar la Ley de Arbolado Público. En su artículo 7, especifica detalles en torno a cómo se administrará de ahora en más la erradicación.

En caso de que sea necesario por obras, el municipio debe elaborar un informe técnico que justifique la necesidad de la extracción, acompañado de registro fotográfico, plan de reforestación e indicación de especies y plazos de ejecución. El organismo provincial actuará como interventor técnico, podrá exigir adecuaciones o proponer alternativas de preservación dentro de los 5 días hábiles.

En caso de erradicación de un arbolado específico, como es este caso, el operativo solo podrá hacerse con criterios específicos. Por ejemplo, que haya muerte real o presunta sin chance de recuperación agronómica. Que haya una inclinación crítica mayor a 20° respecto de la vertical. Que genere afectaciones irreparables a nivel infraestructura (por ejemplo, en redes de servicios públicos) o tenga un estado sanitario incurable, relacionado con plagas o enfermedades.

También por criterios respecto de su ubicación, como que obstruya la visión de tránsito, una calzada vehicular, una acequia, o porque genere competencia con otros ejemplares muy próximos. Finalmente, porque se trate de una especie no autorizada.

Se prohíbe la erradicación por obstrucción de cartelería publicitaria o fachadas comerciales, caída de hojas o flores, alergias estacionales, o cuando existan alternativas técnicas de manejo sustentable.

Además, la reglamentación estableció que, ante situaciones de riesgo inminente de caída de un árbol que sea un peligro para la seguridad de las personas, los municipios están facultados para erradicar inmediatamente y luego emitir un informe técnico con material fotográfico de las tareas realizadas.

Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/vialidad-busca-contratar-a-una-empresa-para-erradicar-40-arboles-por-40-millones-de-pesos/

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