Antigua y tradicional calle de Cañada Seca, recorrerla tiene valor turístico e histórico por ser un centenario camino de San Rafael, pero esta vez lo que nos lleva allí no es lo romántico o simbólico sino la contaminación ambiental que soporta un tramo de ella.
Al recorrerla desde el oeste, desde su intersección con la prolongación de calle Línea Ancha a un km al sur de la Calle Larga de asfalto; al poco andar cruzamos la calle Gallardo y es ahí donde comienza el problema. Con mucha frecuencia los hornos para cocción de ladrillos se ponen en acción y el humo que producen hace sentir su efecto a los habitantes de casas vecinas.
Cada tanda de ladrillos exige un horneado de casi una semana en que el fuego es constante y entonces, según la dirección del viento, el humo ingresa a los hogares por más que se tomen medidas extremas para evitarlo, como es sellar aberturas, afectando las vías respiratorias, lo que a veces, obliga a ir a algún centro asistencial por los consiguientes malestares.
Existen allí un par de hornos separados unos 80 mts. y en el mismo terreno una vivienda a 40 mts de ellos, cruzando la calle otras viviendas vecinas están a corta distancia. Pegado al costado sur de la Calle Larga Vieja se encuentra un importante canal de riego agrícola.
Estando en ese lugar en tiempo de tarea de horneado se observa que el humo cubre la zona y es evidente que produce inconvenientes de salud.
Ese panorama de posible contaminación es presentado a las autoridades del Área de Ambiente que se ubica en Parque Norte de nuestra ciudad y a pesar de varios intentos para ser atendido, no teniendo respuesta ni verbal ni a escrito presentado sobre la situación detallada en párrafos anteriores, solo queda analizar el texto de la Ordenanza Municipal N° 5721 que rige a esa actividad.
En dicha norma se exige habilitación municipal para funcionar y que el establecimiento debe poner a la vista un cartel con identificación de quién lo trabaja, quién es el propietario del terreno y el número de expediente de habilitación.
También establece que un horno no debe estar a menos de 300 mts de zona agrícola ni de cursos de agua que sirvan para irrigar cultivos, y otra serie de regulaciones referidas a la forma de utilizar el terreno como materia prima y la forma de utilizar los hornos y los períodos de funcionamiento durante el año.
Analizada esa norma legislativa, incluyendo la O.M. N° 5942 que la modificó, se observa sobre el terreno que esos parámetros parecieran no cumplirse y al consultar a vecinos afectados se verifica que los malestares a la salud, principalmente vías respiratorias son muy frecuentes.
También la ordenanza establece inspecciones regulares sobre la actividad y en este caso de hornos distantes 50 mts de un curso de agua para riego; 40 mts de la calle mencionada y viviendas a 40 u 80 mts de distancia pueda justificar que la autoridad que corresponda haga una evaluación de impacto ambiental a fin de comprobar o no la existencia de contaminación en el lugar.
Este no se da en Calle Larga Vieja a 200 mts al este de calle Gallardo en Cañada Seca.
Por Enrique Mario Barrera







