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viernes 26, de abril , 2024

La condición que puso Fiscalía de Estado para que el Gobierno acuerde con Edemsa por una deuda millonaria

Esta semana finalmente se oficializará el decreto de Rodolfo Suarez donde se conocerán los detalles del acuerdo al que llegó el Gobierno con Edemsa, la principal distribuidora eléctrica de la provincia, que reclamaba $146 mil millones correspondientes a los ingresos no percibidos durante varios periodos de concesión. El jueves pasado el fiscal de Estado, Fernando Simón, emitió un dictamen donde le puso una cláusula al Ejecutivo para rubricar la negociación.

En el Ejecutivo aseguraron que el convenio ya está cerrado y la norma que lo reglamenta se conocerá en los próximos días a través de su publicación en el Boletín Oficial. A pesar del malestar reinante con Simón por su denuncia de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte por la refinanciación de la deuda, en esta ocasión Suarez atendió el pedido realizado, pese a que no es vinculante. Además, desde el Gobierno señalaron que anteriormente la Asesoría de Gobierno había hecho la misma sugerencia.

El organismo que conduce Simón no encontró objeción desde el punto de vista jurídico, sin embargo, pidió que en el acuerdo se incorporen las “cláusulas de renuncia e indemnidad”.

Esto implica, la renuncia de Sodemsa (accionista mayoritario con el 51% de las acciones de EDEMSA), como así también de los titulares de las participaciones societarias de los accionistas de Sodemsa, a todo reclamo en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) respecto del poder concedente. El CIADI es el tribunal de arbitraje del Banco Mundial al que recurren las empresas para reclamar contra los Estados por cambios en las reglas de juego.

Con esto, la Fiscalía de Estado busca que todos los accionistas remotos que están dentro de la sociedad privada no puedan reclamar en el futuro ni hacer planteos en ese organismo para garantizar de ese modo la indemnidad a la provincia.

“Estos aspectos tienen especial relevancia (como ya lo advirtiera la Asesoría de Gobierno) toda vez que la sola renuncia de los entes societarios no impide que los accionistas de los mismos puedan impetrar demandas en ese organismo internacional contra el estado, por desequilibrios económico financieros que, hipotéticamente, pudieran haber producido los `ingresos no percibidos´ provenientes de la diferencia de percepción del Valor Agregado de Distribución (VAD)”, señala el dictamen entre sus argumentos.

La negociación entre el Gobierno y Edemsa viene desde el año pasado. El acuerdo al que llegó la distribuidora a principio de mes para regularizar la deuda con Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) era el paso que faltaba para terminar de acordar.

En concreto, según indicaron bajo reserva fuentes del Ejecutivo, Suarez logró sacarse un dolor de cabeza en el primer mes del año y acordó con la firma de Vila-Manzano una prórroga por 20 años de la concesión, que vencerá en el 2028, la disminución del canon que paga la empresa para alimentar el Fondo Compensador de Tarifas (actualmente es de 10% y podría bajar al 6%), entre otros puntos. A cambio, el Ejecutivo no tendrá que pagar los $146 mil millones reclamados.

El origen

El origen del conflicto, según explican desde el Gobierno, data desde el 2015, cuando el ex gobernador Francisco Pérez firmó el decreto 390, donde admitía los “ingresos no percibidos” por las distribuidoras durante la convergencia tarifaria que se aplicó en el segundo mandato de Cristina Kirchner. En ese entonces se congelaron los aumentos en las boletas.

El pedido concreto de Fiscalía de Estado

  • La renuncia de SODEMSA Y SUS ACCIONISTAS a todo reclamo en el CIADI respecto del Poder Concedente y el EPRE (lo que implica también renuncia contra el Estado Nacional, que es el sujeto demandable internacionalmente) hasta la fecha del Acuerdo Transaccional, en todos los procesos vinculados al objeto del presente.
  • La renuncia de Andina PLC (controlante de SODEMSA34) a todo reclamo ante el CIADI contra el Poder Concedente y el EPRE (idéntica observación se efectúa a la realizada en el punto precedente); y
  • Cláusula de indemnidad otorgada por SODEMSA a favor del Concedente y del EPRE, por los eventuales reclamos y/o demandas con causa anterior a la fecha del Acuerdo Transaccional, que puedan realizar SODEMSA, sus accionistas y cualquier tercero que alegue y/o titularice en forma directa y/o indirecta, derechos vinculados a la concesión, ante cualquier fuero incluyendo expresamente el CIADI.

Fuente: El Sol

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